Cuidados
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CONCEPTO Y DEFINICIONES
La formulación general tanto del concepto de síntoma refractario como el de sedación,
especialmente cuando se asocian en una decisión clínica, esconde una ambigüedad semántica
que puede inducir a confusión en la práctica clínica. Por dicho motivo, es importante definir
dichos conceptos, acotando y especificando su contenido.
Síntoma refractario
El término refractario puede aplicarse cuando un síntoma o complejo sintomático no puede ser
adecuadamente controlado a pesar de los intensos esfuerzos para identificar un tratamiento
tolerable que no comprometa la consciencia del paciente (Cherny y Portenoy, mod.)
2,6,11
Para que este concepto sea operativo en los argumentos clínicos de toma de decisiones,
forzosamente se ha definir en un marco de severidad sintomática, temporalidad y resistencia
terapéutica.
Severidad
Como hemos dicho antes y contemplando todas las dimensiones humanas del sufrimiento, la
vivencia del síntoma adquiere un significado único y singular para cada paciente. En el ámbito
de toma de decisiones clínicas, especialmente cuando implica una indicación de sedación, la
severidad sintomática ha de alcanzar el carácter de intolerable.
Resistencia terapéutica
Es importante confirmar que se han agotado todas las posibilidades terapéuticas que sean
posibles para un adecuado control sintomático sin comprometer el nivel de consciencia del
enfermo.
Tiempo razonable
La confirmación de la resistencia a las medidas paliativas habituales requiere el tiempo
necesario para su utilización y la confirmación de la ausencia de una respuesta adecuada. Se
tiene que actuar con diligencia y agilidad porque no sería justificable mantener a un enfermo
en una situación devastadora e intolerable más allá de un tiempo razonablemente corto.
Sedación
La Sociedad Española de Cuidados Paliativos ha formulado las siguientes definiciones
atendiendo a la diferencia entre sedación paliativa y terminal.
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Sedación paliativa
“
Se entiende por sedación paliativa la administración deliberada de fármacos en las
combinaciones y dosis requeridas, para reducir la consciencia del paciente con enfermedad
avanzada o terminal, tanto como sea preciso para aliviar adecuadamente uno o más síntomas
refractarios y con su consentimiento explícito, implícito o delegado
”
.
Esta formulación incluye aquellas situaciones de agravamiento sintomático en forma
progresiva o en crisis, así como medidas diagnósticas o terapéuticas que sean percibidas
como intolerables para el enfermo. La sedación se establece como la única medida posible
para aliviar este sufrimiento, asumiendo los potenciales riesgos que ésta comporta, con el
consentimiento del paciente y previendo en algunos casos su reversibilidad.